La crisis de los controladores: A vueltas con el salario justo

Uno de los principales motivos de ataque y deslegitimación de los controladores aéreos es la cuantía de su sueldo. Las preguntas que subyacen en el fondo de este debate son las siguientes: ¿Es justo que alguien cobre estas cantidades cuando la mayoría cobra muchísimo menos e incluso existen casi cinco millones de parados?, ¿quién decide lo que debe cobrar un trabajador o una empresa por entregarnos un bien determinado?

En anteriores entradas este tema ya lo he tratado y es un aspecto fundamental de la teoría económica. Ya los escolásticos de la Escuela de Salamanca trataban los salarios entendidos como un tema de justicia conmutativa. De esta forma, seguían el razonamiento planteado por Santo Tomás de Aquino en su Summa Teológica (I-II q. 114 art. 4) (1). Asimismo, afirmaban que el importe de los salarios debía considerarse de la misma forma que se considera el precio de los bienes que se intercambiaban en el mercado, el cual se obtenía por la estimación común siempre que no existiera fraude en el intercambio. Este planteamiento fue luego formalmente enunciado por Carl Menger mediante la llamada ley de utilidad marginal, que viene en esencia a decirnos que el valor de los bienes es algo subjetivo y depende de la satisfacción de una necesidad de un individuo concreto, disminuyendo a medida que se incrementa la cantidad de ese bien.

Por otra parte, tampoco debemos olvidar que la cuantía del salario debe respetar la dignidad del trabajador. Muchos pensarán que la única manera de cumplir con este principio es la fijación de un salario mínimo. Sin embargo, aunque pudiera resultar paradójico, la dignidad del trabajador se respeta de forma más perfecta cuando no abandonamos el respeto a la propia libertad de las partes, entendida ésta sobre todo por el respeto a la propiedad privada. Por último, no olvidemos que el valor de los salarios depende también, como decía Pío XI (2) de las “condiciones de la empresa”, que en lenguaje técnico deberíamos enunciarlo diciendo que el importe de los salario dependerá de la productividad marginal del trabajo.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, no puede aceptarse que la mayoría de las personas consideren los salarios de un controlador aéreo desde un punto de vista de justicia distributiva, negando asimismo la fijación de los mismos por los elementos que hemos considerado. Solamente se atiende a la comparación con el salario medio de los trabajadores. El Gobierno ha explotado muy eficazmente este planteamiento emotivo, tildándolos de privilegiados, olvidando que no existe en este país nadie más privilegiado que la clase política como colectivo. Este planteamiento también podemos verlo en las televisiones. Es realmente curioso el diálogo que se establece al final de la entrevista a un controlador por parte de Susana Griso:

César Cabo (controlador): “yo creo que soy español, como el resto, y que tengo los mismos derechos”.
Susana Griso: “pero usted cobra mucho…por encima del resto, es consciente también de eso ¿no? en un momento de crisis son ustedes un sector privilegiado”.

Y digo que resulta curiosa la respuesta de la presentadora pues, como es sabido, en la actualidad su retribución en Antena 3 es de un millón de euros anuales, mucho más que la media que se dice cobraban los controladores aéreos. ¿Estaría Susana Griso dispuesta a aplicar a su sueldo el mismo criterio que exige a los controladores y, ya que estamos en un momento de crisis y también es una privilegiada, aceptaría una bajada significativa de sus retribuciones?¿Lo aceptaríamos cualquiera de nosotros?





(1) “1. La retribución se debe a las obras, según aquello de Mt 20,8: Llama a los obreros y dales su salario (…) 2. El Apóstol dice en 1 Cor 3,8: Cada uno recibirá su recompensa según su propio trabajo.”

(2) Quadragesimo Anno, 72: “Para fijar la cuantía del salario deben tenerse en cuanta también las condiciones de la empresa y del empresario, pues sería injusto exigir unos salarios tan elevados que, sin la ruina propia y la consiguiente de todos los obreros, la empresa no podría soportar. No debe, sin embargo, reputarse como causa justa para disminuir a los obreros el salario el escaso rédito de la empresa cuando esto sea debido a incapacidad o abandono o a la despreocupación por el progreso técnico y económico.”