¿Todo empresario que ha querido despedir, ha despedido? (debate entre María Blanco y Luis Solana)

El pasado jueves, hubo un interesante debate, organizado por Periodista Digital, entre la economista María Blanco y el político socialista Luis Solana. En un momento del debate, Luis solana afirmó que la rigidez del mercado de trabajo no era ya un problema para las empresas. Sin embargo, María Blanco le contestó que muchas empresas se veían abocadas al cierre al no poder dimensionar adecuadamente su plantilla. Veamos el momento de este intercambio de opiniones:



Por mi parte, y no soy el único, considero que María Blanco tiene toda la razón. No entiendo como una persona con la formación y experiencia de Luis Solana puede afirmar que no hay "ni un empresario" que tenga un trabajador contratado forzadamente al no poderlo despedir. Pero como esto no sería más que otra opinión, hagamos unos cálculos para demostrarlo. Intentaré poner un ejemplo que pueda considerarse un caso típico de una microempresa.

Sea una empresa de 2 trabajadores y su titular (autónomo) con una facturación bruta anual de 90.000 euros. Supongamos que estos dos trabajadores cobran un sueldo bruto anual de 15.000 euros y que el propietario de la empresa cobra un sueldo bruto anual de 21.600 euros. Supongamos además que ambos trabajadores tienen una antigüedad en la empresa de 15 años.

Los costes laborales anuales de esta empresa (incluyendo al titular) serían de 63.570 euros. Supongamos unos costes fijos de 18.000 euros y unos impuestos a pagar por el titular de 5.000 euros. Además, la empresa realiza inversiones necesarias por valor de 1.500 euros anuales. Esto llevaría a que la empresa podría acumular anualmente unas reservas de 1.930 euros.

Para simplificar los cálculos supongamos que la facturación, los costes salariales, los costes fijos, los impuestos y la inversión se mantienen fijos a lo largo de los 15 años (considérese que estas cantidades constituyen una media de estos años).

Al comienzo de la crisis, la empresa baja su facturación un 20%, siendo ésta por tanto de 72.000 euros, reduce los costes fijos un 10%, deja de invertir y no paga impuestos ya que tiene pérdidas. Supongamos además que ha acumulado las reservas de todos los años, disponiendo por tanto de un importe de 28.950 euros.

El primer año de la crisis, el titular aguanta para ver si la situación cambia y utiliza parte de las reservas para compensar las pérdidas. Así, estas reservas se reducen a 21.180 euros al final del primer año, pues la empresa ha perdido 7.770 euros. Suponiendo que no varíen las circunstancias, la empresa podría aguantar dos años más manteniendo estas pérdidas, pero al final de estos tres años de crisis, las reservas habrán disminuido a 5.640 euros y tendría que cerrar.

La otra opción que le quedaba al titular de la empresa era disminuir los costes laborales. Sin embargo, no puede pactar una disminución de los sueldos de los trabajadores al no dejarle el convenio colectivo, ni evidentemente puede bajar las elevadas cotizaciones que sufre. La única solución viable sería despedir a un trabajador. Con ello la empresa pasaría a tener un beneficio neto de unos 11.600 euros, más que suficiente para poder sobrevivir e incluso volver a contratar cuando disminuyura la crisis. Sin embargo, el problema que se le presenta es que la indemnización que ha de pagar al trabajador para despedirlo sería de unos 30.000 euros. Con unas reservas al final del primer año de la crisis de 21.180 euros y sin capacidad de financiación, a la empresa no le quedará otra salida que aguantar un par de años más y luego cerrar. Así, en lugar de perderse un solo puesto de trabajo, han sido tres los que se han perdido. Si la indemnización por despido hubiera sido de, por ejemplo, 20 días por año trabajado, la indemnización se hubiera reducido a 13.000 euros, pudiendo despedir al trabajador y mantener la empresa abierta. ¿Todo empresario que ha querido despedir, ha despedido? Mucho me temo que no. Que cada cual saque sus propias conclusiones.